Fiscalidad e Impuestos

Declaración de la renta. Exentos y presentación de borrador

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Se inicia el periodo de declaraciones, y la pregunta más común que ronda a los ciudadanos es ¿Estoy obligado a declarar?

Aunque muchas personas tienden a refugiarse en su ignorancia respecto a la cultura tributaria,  esto supone un gran riesgo, lo que podría colocar a la persona en una situación de sanciones y multas.

En general, la agencia de tributaria ha establecido que todas aquellas personas contribuyentes con residencia en España deben realizar su aporte en el intervalo que determine la agencia cada año. Sin embargo, existen ciertas condiciones que ameritan que un ciudadano se vea eximido de sus deberes fiscales.

Entre ellas, la más común corresponde al monto de ingreso bruto anual, el cual es una cantidad variable, y se define en base a los beneficios percibidos por una persona gracias al desarrollo de actividades remuneradas.

Si deseas saber en qué categoría te encuentras, y si  has sido llamado a declarar, continúa leyendo, aquí te explicamos las condiciones que te excluyen de presentar tu declaración de la renta.

 

cuando se hace la declaración de la renta 2018

¿Por qué pagamos impuestos sobre la renta?

Los impuestos constituyen un ingreso importante que aportan mejoras al sistema económico del país.

Es a través de ellos que se pueden efectuar reformas de importancia, o realizar mantenimiento a los diversos sistemas correspondientes a sectores importantes como lo son el de salud, y el social, los cuales contribuyen al bienestar de los ciudadanos, y que sin la contribución el Estado no está en capacidad de sostenerlos.

Muchas personas manifiestan inconformidad respecto a la declaración de impuestos, sin embargo, es importante manifestar que estos permiten el adecuado funcionamiento de los sistemas, que el Estado por si mismo, no tiene posibilidades de mantener. El Gobierno, es sólo un ente cuya gestión se encarga de administrar los recursos que como ciudadanos aportamos para el mantenimiento de la integridad de los procesos que nos definen como país.

El descuido en las recaudaciones supone un déficit en diversas áreas, cuyo deterioro te afecta en forma directa como ciudadano, ya que limita tus derechos y tu estatus de vida.

Actualmente, España es uno de los países de la Unión Europea que presenta la tasa de recaudación de impuestos más elevada, pero esto se encuentra asociado con la profunda crisis económica que está atravesando, por ello, la recaudación, adquirió gran relevancia en los últimos años.

¿Cuándo me encuentro exento de la declaración de la renta?

Como es bien sabido, no todos los ciudadanos presentan las condiciones más propicias para efectuar una declaración de impuestos, por ello, el Gobierno ha previsto casos de excepción, los cuales se corresponden con personas con estatus socio-económico que las hacen incapaces de asumir una tasa de pago. A continuación, te explicamos cuáles son estos casos.

Ingresos brutos

El ingreso que percibe una persona en su carácter de asalariado, define que se le considere o no como candidato a la presentación de este impuesto. El beneficio bruto anual debe situarse por encima de los 22.000 euros para poder ser considerado como candidato para hacer declaración sobre la renta. (Es posible que cada año estos cálculos varíen)

Cuando la persona percibe ingresos de más de un pagador, se le exime de la declaración de impuestos cuando la suma neta no supera los 1500 euros anuales.

Existen casos de excepción, en los que el límite se fija en los 12.000 euros, los cuales están definidos cuando la persona percibe ingresos de más de un pagador, que superan la cantidad de 1500 euros anuales. También se consideran los casos de los ciudadanos que perciben pensiones compensatorias del cónyuge, y cuando no se establecen retenciones sobre los ingresos.

Ingresos por prestaciones pasivas

Las personas cuyos ingresos son percibidos de fondos de ahorro, o de la seguridad social, se encuentran exentas de la presentación de impuestos sobre la renta. Para ello la persona debe realizar su solicitud a través del modelo 146, ya que, a través de esta forma, procede a dar parte a Hacienda del origen de sus ingresos. Dentro de esta categoría se consideran:

  • Pensiones de la seguridad social.
  • Prestaciones de planes de pensiones.
  • Seguros colectivos.
  • Mutualidades de previsión social.
  • Planes de previsión social empresarial.
  • Planes de previsión de asegurados.

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Pérdidas patrimoniales

Cuando las personas reportan pérdidas patrimoniales por encima de los 500 euros se ven liberadas de la obligación de declarar la renta ante Hacienda, aunque claro, deben proceder a consignar los documentos que certifican las pérdidas para que el ente de validez a su caso.

Rendimientos inferiores a 1000 euros

Se define que aquellas personas con rendimientos menores a la cantidad de 1000 euros por concepto de su trabajo, actividades económicas o ganancias patrimoniales, no deben realizar pagos de impuestos.

Presentación del borrador

No obstante, pese a que en ciertos casos las personas puedan verse liberadas del pago del impuesto, o que en determinadas circunstancias puedan recibir una retribución de parte de Hacienda, resulta necesaria la presentación del borrador, donde se defina un resumen de sus actividades del año, y de las ganancias o pérdidas de las que pudieron ser objeto.

De esta manera se evitan malos entendidos, y la emisión de sanciones erróneas. Así que, aún cuando te encuentres definido dentro de estos casos de excepción, es importante que des notificación a hacienda ingresando al portal web, o dirigiéndose directamente al organismo Para ello también es necesario hacer cita previa y consignar estos documentos.

Deseas saber si en tu caso te corresponde proceder a una declaración de la renta. Por definición todas las personas físicas están llamadas a presentar esta declaración, por ello salvo específicos casos de excepción, todos los ciudadanos se ven en la obligación de comparecer ante este organismo.

El caso de discriminación en este particular que resulta más determinante es el correspondiente al ingreso bruto de la persona, el cual, en caso de ser inferior a los 22.000 euros anuales, hace que el ciudadano se vea exento de su obligación ante la agencia tributaria. Otros casos se constituyen por los de aquellas personas con ingresos correspondientes a fondos de la seguridad social, o que hayan percibido pérdidas patrimoniales de importancia.

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